Press release: La desaparición forzosa de personas, a debate en el IISJ de Oñati

12 Jul 2017

El Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati va a celebrar un nuevo workshop, dedicado en esta ocasión a analizar la desaparición forzosa de personas. Los profesores Gabriel Gatti (Universidad del País Vasco-Euskal Herriko Unibertsitatea), María Martínez (UPV-EHU y Universidad de California en Sta. Bárbara) e Ignacio Irazuzta (Tec de Monterrey) serán los encargados de coordinar estas jornadas, que llevan por título “La desaparición forzada de personas: circulación transnacional y usos sociales de una categoría del derecho humanitario”.

Naciones Unidas ratificó en 2007 la “Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas”. De esta forma, se daba respuesta y categoría jurídica a una vulneración de los derechos humanos, la desaparición forzada de personas. Sin embargo, esta figura jurídica nace de un trabajo intenso de transformación de una categoría social. En los años 70 del siglo XX, se asiste en las dictaduras militares del Cono Sur y especialmente en Argentina a una vulneración de los derechos humanos sin precedentes: la extracción de sujetos del imperio de la ley por la fuerza estatal para la que no hay nombre.

La convención de la ONU define la desaparición forzada como una acción Estatal o paraestatal ejercida sobre un sujeto con forma de individuo y que tiene como resultado el detenido-desaparecido, sujeto sustraído del imperio de la ley e inmerso en un espacio que la exceptúa (art. 2). Ciertamente, la definición que propone la Convención mantiene y se inspira muchos rasgos de la categoría social —detenido-desaparecido— inventada en la Argentina de los años 70.

Esta convención permite hacer nombrar situaciones sociales que hasta entonces se habían nombrado de otro modo, o habían permanecido innombradas. De esta manera, la categoría permite una apertura hacia otras vulneraciones de los derechos humanos distintas a las que define originalmente, vulneraciones a las que ayuda a pensar y nombrar. Así, el término “detenido-desaparecido” comienza a aplicarse a situaciones similares a la argentina, especialmente del Cono Sur, pero también a otras muy lejanas y distantes (Pakistán, Bosnia, Argelia, Chechenia), y permite repensar vulneraciones de los derechos humanos desde esa categoría (los represaliados de la Guerra Civil devienen desaparecidos).

Durante dos días, 17 expertos procedentes de Alemania, Colombia, España, Euskadi, Francia, Italia, México y Portugal se van a dar cita en la Antigua Universidad de Oñati, para intentar comprender la lógica de la circulación transnacional de la categoría de detenido-desaparecido, su transformación en categoría jurídica y la profusión reciente de su uso tanto para situaciones de sufrimiento, incluidas algunas muy distintas de las que define el propio tipo legal “desaparición forzada de personas”.

Los organizadores del workshop pretenden alcanzar con este encuentro cuatro objetivos específicos:

  1. Analizar el proceso de creación y consolidación de una categoría jurídica del derecho humanitario: la desaparición forzada de personas.
  2. Estudiar los procesos de transnacionalización de esa categoría y su traducción y aplicación a contextos nacionales y situaciones sociales disímiles a la original, así como analizar las potencialidades y límites de sus usos.
  3. Examinar los usos sociales de la categoría desaparición forzada de personas y las tensiones entre categoría jurídica y usos sociales.
  4. Explorar a través de otros lenguajes (visuales, culturales, representacionales) los diferentes usos sociales de la desaparición forzada de personas como categoría jurídica y social.